Esto comprende a los servicios gastronómicos ofrecidos por restaurantes, bares, cantinas, confiterías, cafeterías, salones de té y similares. Abarca además a los servicios gastronómicos de hoteles, moteles, estancias turísticas, hoteles de campo, granjas turísticas, posadas, casas de campo y hosteles. El beneficio rige siempre que estas prestaciones no integren el concepto de hospedaje.
El IVA también será devuelto cuando se contraten servicios de catering para fiestas y eventos, así como en los arrendamientos de vehículos sin chofer. Los alquileres de inmuebles con fines turísticos, en tanto, tendrán una devolución del 10,5% sobre su valor, únicamente si la transacción se realiza mediante inmobiliarias registradas.
En todos los casos la devolución impositiva regirá hasta el 21 de abril de 2017 y será válida para las transacciones efectuadas con tarjetas de débito o crédito emitidas en el exterior del país. La empresa emisora de la tarjeta deberá incluir en el estado de cuenta, el descuento que figure en el ticket de la terminal de pago electrónico (POS).
Por otra parte, los turistas extranjeros se beneficiarán con el tax free cuando adquieran productos incluidos en este régimen en comercios adheridos al sistema. Para esto, el visitante deberá cumplir con el trámite correspondiente a su ingreso y salida del país a través de los aeropuertos de Carrasco y Laguna del Sauce, los puertos de Montevideo y Colonia, la terminal de cruceros de Punta del Este, los puentes internacionales Salto-Concordia, Paysandú-Colón, Fray Bentos-Puerto Unzué, o Chuy.
Para la aplicación de la medida correspondiente a IVA sin costo en hoteles, la persona deberá presentar un documento de identidad emitido en el exterior. La factura no contendrá el detalle del IVA, por lo que en este caso no aplicará la devolución del impuesto.
En los peajes, los turistas podrán abonar tanto en pesos uruguayos o argentinos, como en reales o dólares.