ALERTA ROJA POR VIENTOS MUY FUERTES PARA MONTEVIDEO , CANELONES, SAN JOSÉ, MALDONADO

Debido a vientos fuertes y persistentes desde las 2:00 y hasta las 5:00 sobre Montevideo y zonas de la costa de San José, Canelones y Maldonado; y desde las 5:00 a las 11:00 en la costa de Maldonado y Rocha, advertidos por el Instituto Uruguayo de Meteorología, la Prosecretaria de la Presidencia emitió una resolución en la que suspende toda actividad mientras dure la alerta, con excepción de los cometidos estatales esenciales.

Montevideo, 8 de agosto de 2018
Atento. A las condiciones meteorológicas difundidas por el Instituto Uruguayo de Meteorología.

Resultando. I. Que dicho organismo emitió una advertencia de nivel rojo debido a la formación e intensificación de un ciclón extra tropical sobre aguas oceánicas uruguayas, previendo vientos muy fuertes y persistentes entre 75-90 kilómetros por hora con rachas superiores a 100 kilómetros por hora.

II. Que dichas condiciones se registrarían entre las 02:00 y 05:00 horas del día 9 de agosto afectando localidades de Canelones, Maldonado, San José y la totalidad del departamento de Montevideo. Entre las 05:00 y las 11:00 horas dichas condiciones afectarían localidades de Maldonado y Rocha.

III. Que el INUMET publicó en su página web el detalle de las localidades que, en cada Departamento, están comprendidas en la alerta emitida.

Considerando. I. Que entre los cometidos del Sistema Nacional de Emergencias, está el de velar por la protección de las personas ante el acaecimiento eventual o real de situaciones de emergencia o desastre (artículo 1° de la ley 18.621).

II. Que las acciones programadas y cumplidas en el marco del funcionamiento del Sistema Nacional de Emergencias, son de orden público y su cumplimiento es obligatorio, sin perjuicio de las garantías constitucionales y legales vigentes (artículo 3° lit. H de la ley 18.621).

III. Que la dirección superior del Sistema Nacional de Emergencias corresponde al Poder Ejecutivo, siendo la instancia superior de decisión y coordinación del sistema (artículo 168 de la Constitución de la República).

IV. Que por resolución del Presidente de la República actuando en Consejo de Ministros, n° 478/015 del 7 de abril de 2015, se designó responsable de la Dirección Superior del Sistema Nacional de Emergencias, al Prosecretario de la Presidencia de la República.

Atento. A lo precedentemente expuesto y lo dispuesto por la ley 18.621, la Resolución del Poder Ejecutivo, n° 478/015 del 7 de abril de 2015, y toda normativa concordante y complementaria;

EL PROSECRETARIO DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA, RESUELVE:

1. Comunícase a todos los organismos del Estado que, mientras dure la alerta de nivel rojo en los Departamentos indicados por el Instituto Uruguayo de Meteorología, los mismos deberán suspender toda actividad asociada al riesgo que conlleva la condición meteorológica indicada, sin afectación de la retribución correspondiente a los funcionarios de dichos organismos.

2. Las excepciones derivadas de servicios públicos que involucren la realización de cometidos esenciales del Estado (salud, seguridad, monitoreo meteorológico, etc.), se administrarán por el jerarca correspondiente tomando en consideración el riesgo y la vulnerabilidad para el funcionario y la población objetivo vinculada al servicio de que se trate.

3. Se exhorta a los distintos ámbitos de la actividad privada sigan lo dispuesto precedentemente, con la adopción de los criterios enunciados.

4. Se exhorta a la población de dichos Departamentos, que siga las recomendaciones publicadas por el Sistema Nacional de Emergencias.

5. Dése la más amplia difusión de la presente resolución.
                   
                                                        Dr. Juan A. Roballo
                                                              Prosecretario
                                                Presidencia de la República