El Poder Ejecutivo promulgó la ley n.º 19595, que dispone la devolución del impuesto al valor agregado (IVA) en la adquisición de gasoil destinada al desarrollo de actividades vinculadas a la leche, el arroz, las flores, frutas y hortalizas por parte de los productores que no tributan el impuesto a las rentas de las actividades económicas (IRAE).
Este beneficio se hará efectivo a partir del 1.º de marzo de 2018, por un plazo de un año, según lo dictaminado por el texto legal.
En tal sentido, el Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca, en coordinación con la Dirección General Impositiva, determinará el universo de productores que pueden ampararse en esta iniciativa. Para ello se utilizará información del Instituto Nacional de la Leche, el Instituto Nacional de Vitivinicultura, el Fondo de Financiamiento y Desarrollo Sustentable de la Actividad Lechera, el Fondo de Financiamiento y Recomposición de la Actividad Arrocera y el Instituto Nacional de Colonización.